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Sat, Oct

Grupo de vecinos insiste en que no corresponde aumentar de 7 a 9 los concejales

La ciudad
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Mediante una nota enviada por Silvana Gordillo, y refrendada por otros 169 vecinos, explica que no corresponde aumentar la cantidad de concejales para la próxima elección. La nota fue presentada ante el intendente Guillermo Caruso.  Transcripción textual. 

Municipalidad de Villa La Angostura 

Sr. Intendente Guillermo Caruso. 

S_____________________________________D/                                                        

Nos dirigimos a Usted a fin da manifestar nuestra oposición a lo dispuesto en la Ordenanza que dispone de elevar a nueve (9) la cantidad de concejales a elegir en la próxima elección, a realizarse en tres (3) años.                                                        

Entendemos el Art. 80 de la Carta Orgánica Municipal dice lo siguiente: Integración del Concejo Deliberante.-Artículo 80.-El Departamento Deliberativo es ejercido por un Concejo Deliberante que se compone por concejales elegidos directamente por el pueblo. Está integrado por siete (7) miembros y se incrementará con dos (2) cada diez mil (10.000) habitantes o fracción mayor a siete mil (7.000), con hasta un máximo de quince (15) concejales, tomando como base el Censo Nacional de Población.                                                         

Al momento de la sanción de la Carta Orgánica Municipal en el año 2009, el Concejo Deliberante estaba compuesto por 7 concejales y existían con el último censo oficial la suma de 7.526 habitantes. El último censo oficial fue realizado en el año 2010 y arroja para la localidad de Villa La Angostura 11.087 habitantes.-                                                         

Analizando la norma legal y la situación actual de nuestra ciudad, desde nuestra posición de ciudadanos, electores y defensores de la democracia como forma de gobierno y estilo de vida, manifestamos a Usted que la composición de 7 concejales (tal como actualmente existen) resulta no sólo lo legalmente correcto, sino que, considerando los antecedentes de otras ciudades de nuestra provincia, consideramos es lo que debe prevalecer. http://www.fiscaldemesa.com.ar. /2015/01/22/neuquen-elecciones-provinciales-y-municipales-el-26042015/Última actualización: 24-02-2015

http://www.estadisticaneuquen.gob.ar/index.php?sec=censo2010.                                                              

Se destaca entonces que hay otras ciudades de nuestra provincia con SIETE CONCEJALES (se indican datos del último censo nacional de población)   Senillosa 8.130 Junín de los Andes 13.086 Rincón de los Sauces 19.398                                                            

A excepción de la ciudad de Centenario, que tienen NUEVE CONCEJALES, pero posee una población de 34.421 habitantes.                                                             

Asimismo, se agregan a este análisis lo dispuesto (textual) en las Cartas Orgánicas Municipales de las siguientes ciudades, entendiendo también, que resulta de una redacción similar al de nuestra Carta Orgánica, y que NO REQUIERE DE NINGUNA ORDENANZA que lo REGLAMENTE, ACLARE O MODIFIQUE.   

CARTA ORGANICA MUNICIPAL

JUNIN DE LOS ANDES CONCEJO DELIBERANTE INTEGRACION 

Artículo 38: La facultad legislativa será ejercida por un Cuerpo colegiado denominado Concejo Deliberante. Sus miembros serán denominados concejales y serán elegidos por el pueblo por medio del procedimiento de representación proporcional establecido en la Constitución provincial. El Concejo Deliberante tendrá siete (7) concejales hasta diez mil (10.000) habitantes. Superada esa población el Cuerpo se incrementará hasta un máximo de quince (15) concejales en la proporción de un 1 ) concejal cada cinco mil (5.000) habitantes o fracción mayor a dos mil quinientos (2.500). A partir de los cincuenta mil (50.000) habitantes se establecerá el nuevo número máximo de concejales y la progresión para alcanzarlo. 

CARTA ORGANICA DE RINCON DE LOS SAUCES

DEPARTAMENTO DELIBERATIVO

Artículo 39: La función deliberativa estará a cargo del Concejo Deliberante compuesto por siete (7) miembros elegidos según lo dispuesto en esta Carta Orgánica. Estos representarán al pueblo de Rincón de los Sauces por los primeros quince mil (15.000) habitantes y será incrementado posteriormente en uno (1) más cada diez mil (10.000) o fracción no menor de cinco mil (5.000) habitantes, previo censo oficial, no pudiendo exceder el número total de dieciséis (16) concejales.                                                    

Por todo esto y especialmente porque las decisiones políticas deben ahora y siempre, considerar la postura de la ciudadanía, vecinos de la ciudad que solicitamos a Usted tome la decisión que nos respalde.                                                     

Puntualmente pedimos el Veto del Poder Ejecutivo, ya que no se dan los presupuestos del Art. 80 COM para ampliar la cantidad de concejales según la población de Villa La Angostura, si puede ser necesaria la reglamentación, tanto definiendo la cantidad de electores de nuestra ciudad, priorizando la legalidad y los mayores costos.                                                      Saludamos a Usted atentamente.