Así lo resolvió el juez subrogante Luciano Zani, que dispuso remitir el expediente a esta localidad, junto con la causa que María Cristina Broers inició contra la comunidad Quintriqueo para recuperar un lote. El nuevo juez que asuma al frente del juzgado civil y comercial local deberá resolverlas.
El juez Luciano Zani, que subroga el juzgado civil y comercial 2 de Junín de los Andes, resolvió remitir tres expedientes espinosos al juzgado civil y comercial de Villa La Angostura. Una de esas causas es la que el exbasquetbolista Emanuel Ginóbili promovió contra la comunidad mapuche Paichil Antriao para lograr la restitución de un lote, ubicado en el faldeo del cerro Belvedere.
Los dos expedientes restantes son los que inició María Cristina Broers contra Pascual Quintriqueo, la comunidad Lof Kinxikew (Quintriqueo) y demás eventuales ocupantes con el objeto de obtener la restitución de la posesión de un lote, situado a unos 35 kilómetros de Villa La Angostura. Uno de esos expedientes es el de la ejecución de la sentencia que ordena restituir el lote ocupado a Broers que no se pudo llevar adelante hasta el momento.
Según los documentos a los que tuvo acceso LA ANGOSTURA DIGITAL Zani dispuso que esos expedientes sean remitidos al Juzgado Civil, Comercial, Laboral, de Minería y Familia con sede en Villa La Angostura a los fines de radicarlo nuevamente en esa Secretaría para que se continúe allí con su tramitación.
El juez recordó que la orden de desalojo fue despachada favorablemente meses atrás, “pero hasta el momento no pudo ejecutarse”. Y mencionó que la comunidad Quintriqueo efectuó una serie de planteos de nulidad e incompetencia que fueron sustanciados y se encuentran pendientes de resolución.
Zani sostuvo que los demandados –tanto en la causa iniciada por Ginóbili como por Broers- recusaron sin causa al entonces juez Jorge Videla, que estaba a cargo del Juzgado Civil, Comercial, Laboral, de Minería y Familia con sede en Villa La Angostura. Sostuvo que Videla aceptó la recusación, y lo sustituyó el juez Andrés Luchino en calidad de subrogante.
Justamente, Luchino resolvió admitir la demanda de Broers y condenó a los ocupantes del lote a restituirlo. Esa sentencia quedó firme. Por eso, la demandante pidió ejecutarla meses atrás. Aunque el apoderado legal de la comunidad Quintriqueo advirtió que todavía la Corte Suprema no resolvió una queja que había presentado.
Zani destacó en sus resoluciones, que dictó la semana pasada, según informaron fuentes con acceso a los expedientes, “que existe un nuevo contexto fáctico y reexamen de la situación”.
Argumentos
Dijo que Videla y Luchino “ya no se encuentran en funciones, por lo que ambos Juzgados se encuentran actualmente a mi cargo en calidad de juez subrogante…” desde el 25 de marzo de 2021.
“Resulta innegable que los principios de celeridad, inmediatez y economía procesal (previstos en el artículo 34, inciso 5 del Código Procesal) podrán preservarse con mayor rigor y estrictez si el expediente se encuentra radicado por ante el Juzgado con sede en la ciudad de Villa La Angostura”, sostuvo Zani.
“Allí actúa el juez natural de la causa (hoy el suscripto), y tal inmediatez tiende a lograr la eficaz dirección del proceso. Allí residen los litigantes, y tal inmediatez hace efectivo su derecho a compulsar las actuaciones y fiscalizar el proceso”, argumentó para excusarse de seguir interviniendo en las causas.
“Allí residen los letrados/as y los demás auxiliares de justicia (peritos, notificador,
etc.), y tal inmediatez facilita su labor. Allí se encuentran la mayoría de las pruebas que hay que recabar, y tal inmediatez facilitará su producción”, sostuvo.
“Por lo expuesto es indudable que a fin de hacer efectivos los principios procesales antes citados es conveniente que todos los interesados (litigantes, letrados, peritos, notificadores, testigos y desde ya el juez) cuenten con las mismas posibilidades de acceso inmediato al expediente, lo que redundará en un obrar más eficiente por parte de todos ellos e implicará la concreción del principio de acceso efectivo a la Justicia…”, concluyó. Y citó jurisprudencia y doctrina para fundar sus resoluciones.
El concurso para cubrir el cargo de juez civil y comercial de Villa La Angostura está en la recta final. El ganador de ese concurso deberá resolver estas tres causas.