Fue la pena que le impuso el juez, a partir de un acuerdo alcanzado entre la fiscalía de Villa La Angostura y el imputado, que admitió su responsabilidad, en un juicio abreviado, que se hizo este viernes. Además, le impusieron pautas de conducta que deberá cumplir durante 2 años, bajo apercibimiento de ir prisión.
El juez Juan Pablo Balderrama convalidó este viernes el acuerdo alcanzado en un juicio abreviado entre el fiscal Adrián De Lillo y el imputado, que reconoció su responsabilidad en el hecho que se le atribuía, con el consentimiento de su defensor particular.
En consecuencia, Balderrama condenó al hombre a un año de prisión en suspenso como autor penalmente responsable del delito de lesiones leves calificadas por haber sido cometidas contra quien mantenía una relación de pareja y mediando violencia de género, junto con los delitos de amenazas simples y desobediencia a una orden judicial.
Fuentes judiciales informaron a LA ANGOSTURA DIGITAL que, además le impuso, a instancias de la fiscalía, pautas de conducta durante 2 años que deberá cumplir bajo apercibimiento de revocar la condicionalidad y enviarlo a prisión a cumplir la pena.
Una de esas pautas es que debe someterse a un tratamiento psicológico para tratar temas relacionados a la masculinidad y/o situaciones de violencia de genero.
El fiscal propuso al imputado resolver el conflicto en un acuerdo en un juicio abreviado. A cambio, el acusado reconoció su responsabilidad y admitió haber golpeado a su pareja la noche del 21 de marzo pasado. También, reconoció que desobediencia a la orden judicial que se le había impuesto.
Afirmó ante el juez que comprendía los alcances del acuerdo propuesto y no se opuso a la pena propuesta por el fiscal. El acuerdo contó con el aval del defensor particular.
De Lillo acusó al hombre del hecho que ocurrió la noche del 21 de marzo pasado, en el domicilio donde vivía la pareja, en Villa Traful.
Relató que hubo una discusión y el hombre le aplicó dos golpes a mano abierta en el rostro a la mujer, que le provocaron lesiones leves. A raíz de los golpes, la mujer víctima se retiró de la vivienda.
Después, el imputado interceptó un automóvil conducido por un vecino de Traful, en el que se desplazaba la víctima y otra mujer más. En esas circunstancias, el acusado amenazó al conductor.
También, lo imputó porque el 16 de abril pasado envió un mensaje de texto desde su teléfono celular a su expareja. De esa forma desobedeció la medida cautelar que le había sido impuesto el Juzgado de Familia, que le había ordenado no hacer ningún tipo de comunicación, ni contacto con la denunciante.
Por eso, el fiscal le atribuyó haber cometido los delitos de lesiones leves calificadas por haber sido cometidas contra quien mantenía una relación de pareja y mediando violencia de género, amenazas simples y desobediencia a una orden judicial todos en concurso real.
Balderrama analizó el acuerdo presentado y consideró que cumplía los requisitos legales. Por eso, lo homologó. Y condenó a la pena de un año de prisión en suspenso al imputado.
Además, le impuso obligaciones por el plazo de 2 años. Debe someterse a un tratamiento psicológico para tratar temas relacionados a la masculinidad y/o situaciones de violencia de genero. Para ello deberá presentarse en el hospital de Villa La Angostura y entrevistarse a los fines de establecer la necesidad y eficacia.
El juez le prohibió efectuar cualquier acto de violencia intimidación o perturbación en contra de la víctima ya sea en su domicilio, lugar de trabajo, esparcimiento y/o vía pública.
También, fijar domicilio y no mudarlo sin dar aviso a la Oficina Judicial, someterse al control de la dirección de población Judicializada y, por supuesto, no cometer delitos. Y cumplir 24 horas de trabajos no remunerados a favor de una institución de bien público.