Convocan a las Instituciones de Villa la Angostura, según lo establecido en el Art. Nº2 de la Ordenanza Nº 3119/16, Decreto N°1234/16.
Para dicho fin es necesario que se adjunte la siguiente documentación vigente en cada uno de los organismos correspondientes:
Estatutos de la Institución y Personería Jurídica.-(Original y copia).
Acta de designación de Autoridades.- (Original y copia)
Acta de designación de Representante Titular y Suplente y el tiempo por el cual otorgan el mandato.-(Original)
En caso de encontrarse en trámite las renovaciones y/o modificaciones de la documentación solicitada, se deberá adjuntar la nota de solicitud correspondiente. (Original y copia) En estos casos se inscribirá a las instituciones en carácter provisorio hasta su aceptación en el organismo, si existe un rechazo será dado de baja.-
Cumplido los términos establecidos en la normativa vigente, se procederá a la convocatoria de las reuniones ordinarias del organismo.