Así lo plantearon en una nota que acompañaron junto al proyecto de ordenanza, donde proponen varios cambios para incluir en la normativa vigente. Señalaron que el plazo ya venció.
“Queremos poner a su consideración modificaciones a las ordenanzas 3013/ 2015, sancionada el 27 de agosto de 2015 3057/2015 y 3293/2017 con el fin de aclarar y posibilitar a aquellos funcionarios que deben controlar su cumplimiento un mejor instrumento para realizar su tarea manteniendo el espíritu con que fueron creadas”, plantearon en la nota que la Asociación de Hoteles y Restaurantes de Villa La Angostura presentó en el Concejo Deliberante, junto con el proyecto de ordenanza.
Recordaron que esas normas se crearon con el objetivo “de permitir a aquellos que estaban en la ilegalidad regularizar su situación y nunca para crear una nueva categoría de hotelería”.
Señalaron que “oportunamente se otorgó un plazo para que los que deseaban incorporarse al sistema formal presentaran la documentación pertinente a la Secretaría de Turismo para que la misma les otorgara la habilitación como ATP (Alojamiento Turístico Transitorio) plazo que se encuentra largamente superado”.
Por eso, desde la Asociación de Hoteles y Restaurantes señalaron que “no se deben aceptar nuevas incorporaciones”.
Indicaron que el perfil del servicio hotelero y gastronómico “debe tener características distintivas de las localidades cercanas”.
Desde la entidad propone en el proyecto que impulsan, que se defina como Alojamiento Turístico Temporario a las unidades de vivienda “que se ofrecen para alquiler turístico por un período inferior a 30 días y con un mínimo de una noche con fines de ocio, negocios, turismo y afines, que brinda servicios turísticos inherentes a la actividad comercial de hotelería regulada en la ordenanza 1416 sus complementarias decreto provincial 2790 reglamentaciones y sus modificatorias”.
“Dichos emprendimiento deben operar comercialmente bajo la identificación de una misma marca comercial a través de la cual se publicita y difundirá su actividad”, añade el proyecto.
Proponen aplicar una tasa por seguridad e higiene, tasa por habilitación y renovación de 4500 puntos por unidad o monotasa según corresponda.
Proponen prohibir “la oferta publicitaria de todo servicio y o actividad con fines turísticos que no se hacen debidamente habilitados conforme a las normativas vigentes o que sean ofrecidos fuera de los periodos definidos como temporada alta”.
El proyecto de la Asociación propone que “las inmobiliarias sólo podrán ofrecer casas o departamentos de alquiler turístico temporario que se encuentren debidamente habilitadas y registradas y solamente para los periodos definidos como temporada alta”.
“Ningún alojamiento turístico temporario podrá tener una denominación similar a la de cualquier otro alojamiento habilitado o en etapa de evaluación ubicada en el ámbito local. Las denominaciones serán sujetas a evaluación por la Secretaría de Turismo municipal la cual podrá ser negada cuando el nombre de fantasía en el sentido gráfico o fonológico propuesto sea igual similar o se preste a confusión con otros nombres existentes en la localidad. Una vez habilitado el nombre de fantasía no se podrá cambiar si la autorización de la secretaría de turismo”, proponen en el proyecto.